martes, 21 de junio de 2011

A la orden del día: las leyes estatales antiinmigrantes en los Estados Unidos.


Siguiendo los comunicados que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) publica en su página de internet, es visible como en los últimos meses, han surgido comunicados que reflejan la posición del gobierno mexicano ante leyes estatales migratorias en Estados Unidos (EE UU) cuya severidad debe alertar a los migrantes indocumentados.
El surgimiento de estas legislaciones, por supuesto no se originó de la noche a la mañana, es producto de las cada vez más acendradas tendencias antiinmigrantes, populares entre la ciudadanía estadounidense y que han llegado a transformarse en propuesta legislativa en las sociedades más conservadoras, las cuales, relacionan íntimamente a la inseguridad con la inmigración y más con la indocumentada.
Ante la imposibilidad del gobierno federal de los EE UU, en específico ahora del gobierno de presidente Barak Obama, las autoridades estatales han tratado de tomar cartas sobre el tema migratorio –cuya competencia es meramente federal– para instrumentar este tipo de legislaciones. Lo que refleja un quiebre entre el gobierno central y los estados en el tema migratorio.
La bien sonada política migratoria estadounidense parece no encontrar consensos a nivel federal, pero sí, en varios de sus gobiernos locales. Propiciando que se escape de la competencia federal el tema migratorio, y que exista una diversidad de legislaciones que den tratamiento asimétrico a la inmigración; situación que sin duda alguna afectará su política exterior y dentro de ésta, la relación bilateral con su vecino del sur.
Pues ante un escenario, en donde se comiencen a aprobar estas leyes estatales, el gobierno de México, tendrá que atender no a una, sino a varias políticas migratorias; dificultando enormemente la labor de protección de los mexicanos en el exterior, efectuada por la Cancillería.
Algunos de estos procesos legislativos están en papel, pero otros ya presentan un gran avance, y se han diseñado con un contenido muy similar a la conocida Ley SB1070 de Arizona, que aunque no fue aprobada en su parte sustantiva, aún continúa firmemente apoyada por este gobierno estatal.
A continuación, se enlistan las 4 leyes migratorias que están por entrar en vigor –o lo están– con una fuerte tendencia antiinmigrante, incluso en ciertos puntos rebasando el contenido de la SB1070. La información se extrajo de los Folletos de Información, que al respecto han elaborado los consulados correspondientes de la SRE; es la información a la que los mexicanos tienen acceso en cada estado y que en este blog debemos darle seguimiento.

Utah (Consulado de México Salt Lake City):
Desde marzo 2011 se está instrumentando un paquete legal para la inmigración en el estado, la Ley HB497, que entró en vigencia el 11 de mayo 2011, y tiene varios apartados marcadamente antiinmigrantes. Se pretendía dentro de esta ley incluir un programa de trabajadores temporales, acción que no se concretó.
En Utah, se creía que el estado otorgaría cierto número de visas laborales o para estudio, lo cual posiblemente suceda pero hasta el 2013, actualmente no está en vigor y siguen las mismas restricciones legales para residir en el estado.
Disposiciones más relevantes de la ley HB497:
- Si se es detenido por policías o algún sheriff, se pedirá identificación y bajo algunas circunstancias se solicitará justificar la estancia legal.
- Si se es detenido conduciendo un vehículo la policía podrá investigar la situación migratoria de todos los acompañantes para evitar la trata de personas.
- Si se transporta o alberga personas indocumentadas, será delito.
- Si se fomenta la entrada de inmigración ilegal en el estado, se penalizará.
- No se impondrá la portación de documentos, pero se recomienda llevarlos consigo.
- Cualquier empleado local o federal, podrá solicitar la situación migratoria al requerir algún tipo de servicio.


Las identificaciones válidas son:
- Licencia de conducir válida desde enero 2010.
- Identificación del estado de Utah I.D. Card.
- Cualquier identificación oficial de Estados Unidos que compruebe la estancia legal.


Se recomienda procurar:
- No cometer infracciones a la seguridad.
- Conocer leyes de tránsito y orden público.
- Evitar conflictos y discusiones en la vía pública.

Indiana (Consulado de México en Indianápolis):
El Congreso de Indiana aprobó la SB590 la cual pueden entrar en vigor el 1 de julio 2011, y sanciona la inmigración en el Estado.
- Si se es detenido, incluso por falta de tránsito, la policía podrá solicitarle documentación que compruebe su estancia legal.
- La matrícula consular no será válida para realizar trámites en Indiana, presentarla será una infracción, salvo cuando se haga a policías que investiguen un crimen.
- Transportar, alojar y ocultar a una persona indocumentada para obtener un beneficio será considerado un delito.
- Si se es testigo de algún crimen no se verificará su situación migratoria.
- Las empresas del gobierno de Indiana, comenzarán a utilizar el programa e – Verify.


Identificaciones válidas:
- Licencia de conducir válida del estado de Indiana.
- Identificación del estado I.D. Card.
- Pasaporte vigente.


Se recomienda procurar:
- No cometer infracciones a las leyes y reglamentos del estado.
- Informarse sobre la legislación.
- Evitar conflictos en vía pública.
- Conflictos de violencia intrafamiliar.

Georgia (Consulado de México en Atlanta):
Ley HB87:
Entrará probablemente en vigor el próximo 1 de julio 2011.
Disposiciones más relevantes:
- Si se es detenido, se podrán solicitar documentos de estancia legal, sino se cuenta con ellos se procederá al arresto.
- Los empleadores estarán obligados a comprobar la situación legal de trabajadores que laboren 35 horas o más a la semana.
- El uso de documentos falsos para trabajar será un delito grave castigado con 15 años de prisión, estoy incluye documentos a nombre de otra persona o documentos falsos.
- Transportar o albergar personas indocumentadas será delito.
- Si se fomenta el ingreso de personas indocumentadas, será penalizado.
- A partir del 2012 en oficinas del estado no se aceptará la Matrícula Consular de Alta Seguridad, pero sí en bancos o dependencias federales, por lo que se podrá seguir utilizando.
- Si bien la ley no impone la portación de documentos, es recomendable traerlos consigo.


Identificaciones validas:
- Licencia de conducir vigente en el estado.
- Identificación del estado I.D. Card.
- Cualquier identificación oficial que acredite estancia legal en el país.


Se recomienda procurar:
- Mantenerse informado.
- Respetuoso de las autoridades a la hora del arresto.
- No mentir ni dar información falsa.

Alabama (Consulado de México en Atlanta con concurrencia en Alabama):
Ley HB56.
Esta ley fue promulgada en junio 2011 y entrará en vigor el 1 de septiembre de este año.
Disposiciones:
- Si se es detenido y no se cuenta con documentos de legal estancia podrá ser arrestado.
- Podrá ser arrestado si maneja sin licencia de conducir.
- No se podrá pagar fianza para salir de la cárcel si se es indocumentado.

En cuestiones laborales:
- Al solicitar la renovación o licencia de negocio, se deberá comprobar legal estancia.
- A partir de abril 2012 los patrones estarán obligados a comprobar situación legal se sus empleados.
- Será delito subirse a un carro en vía pública al ser contratado en la calle, así como que los carros paren obstaculizando el tráfico.

En cuestiones de educación:
- Se solicitará al momento de la inscripción el acta de nacimiento de los niños, así como su legal estancia en el país.
- Si se es indocumentado no se podrá inscribir en universidades públicas del estado.

- La ley establece como delito, transportar, alojar, albergar a personas indocumentadas, incluso si son familiares.
- Será delito fomentar que personas indocumentadas ingresen a Alabama.
- Rentar una vivienda a sabiendas de su indocumentación.
- Estar en el estado indocumentado.
- Usar documentos falsos para solicitar servicios.
- Solicitar trabajo al ser indocumentado.
- Los contratos hechos con un indocumentado no tendrán validez legal.


Identificaciones validas:
- Licencia de conducir del estado.
- Identificación I.D. Card.
- Pasaporte mexicano con visa vigente y sellos de entrada.
- Cualquier identificación oficial de EE UU.


Se recomienda procurar:
- No contratarse en la vía pública.
- No obstaculizar la vía pública al contratarse en la calle.
- Informarse.
- Respetar a las autoridades.
- Respetar las leyes y reglamentos.

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