miércoles, 29 de junio de 2011

Inseguridad = desplazados internos.

Revisando en los medios nacionales e internacionales información sobre migraciones, llama la atención un fenómeno que si bien no existe a gran escala en México, si comienza a perfilarse: los desplazados internos a causa de la inseguridad, es decir, gente que tiene que dejar sus lugares de origen para trasladarse a vivir a otros sitios dentro del territorio nacional. En este texto, me propongo esbozar este panorama futuro que podría tener considerables implicaciones en el desarrollo del país.


Si bien es cierto que México tiene una activa movilidad migratoria dentro del territorio nacional, ésta se ha caracterizado por ser originada por motivos económicos principalmente y no por razones de inseguridad, lo que en un contexto de guerra contra el crimen organizado, no puede descartase, y más en algunas regiones como se verá líneas abajo.


La inquietud de este planteo surge al leer sobre la aprobación de una nueva ley en Colombia que devolverá alrededor de 7 millones de hectáreas de tierras robadas a sus propietarios –campesinos en su mayoría– durante el conflicto armado, en los últimos 25 años. [1] Indicando que la mayoría de estas persona al ser despojadas de sus pertenencias por miembros del crimen organizado, narcotraficantes o guerrilleros, tuvieron que huir a otros sitios dentro de Colombia.


Con esta ley, se devuelven las tierras y por ende se brinda la posibilidad de retornar a sus lugares de origen a aproximadamente 4 millones de personas forzadas a desplazarse y despojarse de sus bienes. [2] Colombia, desde hace algunas décadas, vienen presentando una de las tasas más altas de desplazados internos, según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR),[3] aumento propiciado entre otras razones, por los constantes conflictos armados, guerrillas y situaciones marginales de vida en algunas regiones de este país; situación diferente, pero no distante ni alejada a la que podría suscitarse en México por motivos similares como la inseguridad, delincuencia organizada y el narcotráfico.


Ya es visible, en específico en ciertos estados del país como Michoacán, Jalisco, Guerrero o algunos de la zona Norte, que se registren casos de despoblamiento parcial de varias comunidades rurales, que migran a ciudades más grandes en busca de una supuesta “seguridad” que encontrarán en otros puntos aparentemente con más protección ciudadana.


Me referiré explícitamente a dos ejemplos. El primero en la comunidad de La Laguna, del municipio de Coyuca de Catalán; Guerrero, en donde el pasado 13 de mayo, familias enteras, aproximadamente 100 personas, tuvieron que refugiarse en otra comunidad, Puerto de Ollas, por la violencia generalizada que se vive en esa zona serrana entre grupos criminales y el gobierno federal; estos últimos incluso incentivaron a la gente a salir de su comunidad para resguardarse y salvaguardar sus vidas. [4]


El segundo ejemplo, el poblado de Las Lomas, municipio de Jilotlán de los Dolores, Jalisco, cercano a la zona serrana de Michoacán, donde a finales del mes de mayo huyeron alrededor de mil habitantes, para protegerse de los cruentos enfrentamientos entre los grupos criminales: La Familia Michoacana y Los Caballeros Templarios. [5]


Estos dos casos, no son la excepción en el país, podrían enumerarse diversos casos individuales y colectivos de ciudadanos que se ven forzados a cambiar de residencia nacional o incluso internacional, para huir de la inseguridad imperante en el país.


Hago referencia al texto de B. García (2010) sobre la movilidad en la época del movimiento independentista, en donde enuncia como la gente ante el conflicto armado, se movilizaba de ciudades o poblados pequeños más desprotegidos hacia ciudades medianas o grandes en busca de protección; la cual se podía proveer a sus ciudadanos.[6] 200 años después, vemos como esta misma situación se produce paulatinamente, aunque el movilizarse a alguna urbe ya no es garantía de seguridad, sino todo lo contrario.


Termino esta reflexión con dos puntos que quiero destacar, el primero: la debilidad en la salvaguarda del derecho que tenemos todos los ciudadanos de desarrollarnos en nuestro propio lugar de origen, urbano o rural, sin necesidad de trasladarnos y menos por motivos de inseguridad a otros sitios para buscar una mejor calidad de vida. Esta idea, reconocida en varios instrumentos de derechos humanos a nivel internacional, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, debe ser aplicada en el país.


Y segundo punto, es para enfatizar en las consecuencias que pueden generar el despoblamiento de zonas rurales del país, que abandonan un sector básico en la economía, el agrícola, cuyo descuido también a un plazo no muy largo, será un desafío para la seguridad nacional.


Debemos mantener un monitoreo constante de los desplazados internos en México, en este contexto de guerra contra el crimen organizado, siguiendo muy de cerca el ejemplo Colombiano.



[1] http://www.bbc.co.uk/news/world-latin-america-13591860
[2] http://www.bbc.co.uk/news/world-latin-america-13542244
[3] http://www.unhcr.org/cgi-bin/texis/vtx/page?page=49e492ad6

[4]http://www.lajornadaguerrero.com.mx/2011/05/14/index.php?section=sociedad&article=004n1soc
[5] http://www.jornada.unam.mx/2011/05/29/politica/011n1pol
[6] García, M., B. (2010). Independencia nacional y movilidad espacial de la población. En Alba, F., Castillo, M., A., Verduzco, G. (2010). Los grandes problemas de México. Migraciones Internacionales. México: COLMEX. pp. 25 -64.

viernes, 24 de junio de 2011

LA FRONTERA DEL DEBER

Reportaje transmitido por el programa "Punto de partida" de canal 2 de Televisa el 24 de junio de 2011.

martes, 21 de junio de 2011

A la orden del día: las leyes estatales antiinmigrantes en los Estados Unidos.


Siguiendo los comunicados que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) publica en su página de internet, es visible como en los últimos meses, han surgido comunicados que reflejan la posición del gobierno mexicano ante leyes estatales migratorias en Estados Unidos (EE UU) cuya severidad debe alertar a los migrantes indocumentados.
El surgimiento de estas legislaciones, por supuesto no se originó de la noche a la mañana, es producto de las cada vez más acendradas tendencias antiinmigrantes, populares entre la ciudadanía estadounidense y que han llegado a transformarse en propuesta legislativa en las sociedades más conservadoras, las cuales, relacionan íntimamente a la inseguridad con la inmigración y más con la indocumentada.
Ante la imposibilidad del gobierno federal de los EE UU, en específico ahora del gobierno de presidente Barak Obama, las autoridades estatales han tratado de tomar cartas sobre el tema migratorio –cuya competencia es meramente federal– para instrumentar este tipo de legislaciones. Lo que refleja un quiebre entre el gobierno central y los estados en el tema migratorio.
La bien sonada política migratoria estadounidense parece no encontrar consensos a nivel federal, pero sí, en varios de sus gobiernos locales. Propiciando que se escape de la competencia federal el tema migratorio, y que exista una diversidad de legislaciones que den tratamiento asimétrico a la inmigración; situación que sin duda alguna afectará su política exterior y dentro de ésta, la relación bilateral con su vecino del sur.
Pues ante un escenario, en donde se comiencen a aprobar estas leyes estatales, el gobierno de México, tendrá que atender no a una, sino a varias políticas migratorias; dificultando enormemente la labor de protección de los mexicanos en el exterior, efectuada por la Cancillería.
Algunos de estos procesos legislativos están en papel, pero otros ya presentan un gran avance, y se han diseñado con un contenido muy similar a la conocida Ley SB1070 de Arizona, que aunque no fue aprobada en su parte sustantiva, aún continúa firmemente apoyada por este gobierno estatal.
A continuación, se enlistan las 4 leyes migratorias que están por entrar en vigor –o lo están– con una fuerte tendencia antiinmigrante, incluso en ciertos puntos rebasando el contenido de la SB1070. La información se extrajo de los Folletos de Información, que al respecto han elaborado los consulados correspondientes de la SRE; es la información a la que los mexicanos tienen acceso en cada estado y que en este blog debemos darle seguimiento.

Utah (Consulado de México Salt Lake City):
Desde marzo 2011 se está instrumentando un paquete legal para la inmigración en el estado, la Ley HB497, que entró en vigencia el 11 de mayo 2011, y tiene varios apartados marcadamente antiinmigrantes. Se pretendía dentro de esta ley incluir un programa de trabajadores temporales, acción que no se concretó.
En Utah, se creía que el estado otorgaría cierto número de visas laborales o para estudio, lo cual posiblemente suceda pero hasta el 2013, actualmente no está en vigor y siguen las mismas restricciones legales para residir en el estado.
Disposiciones más relevantes de la ley HB497:
- Si se es detenido por policías o algún sheriff, se pedirá identificación y bajo algunas circunstancias se solicitará justificar la estancia legal.
- Si se es detenido conduciendo un vehículo la policía podrá investigar la situación migratoria de todos los acompañantes para evitar la trata de personas.
- Si se transporta o alberga personas indocumentadas, será delito.
- Si se fomenta la entrada de inmigración ilegal en el estado, se penalizará.
- No se impondrá la portación de documentos, pero se recomienda llevarlos consigo.
- Cualquier empleado local o federal, podrá solicitar la situación migratoria al requerir algún tipo de servicio.


Las identificaciones válidas son:
- Licencia de conducir válida desde enero 2010.
- Identificación del estado de Utah I.D. Card.
- Cualquier identificación oficial de Estados Unidos que compruebe la estancia legal.


Se recomienda procurar:
- No cometer infracciones a la seguridad.
- Conocer leyes de tránsito y orden público.
- Evitar conflictos y discusiones en la vía pública.

Indiana (Consulado de México en Indianápolis):
El Congreso de Indiana aprobó la SB590 la cual pueden entrar en vigor el 1 de julio 2011, y sanciona la inmigración en el Estado.
- Si se es detenido, incluso por falta de tránsito, la policía podrá solicitarle documentación que compruebe su estancia legal.
- La matrícula consular no será válida para realizar trámites en Indiana, presentarla será una infracción, salvo cuando se haga a policías que investiguen un crimen.
- Transportar, alojar y ocultar a una persona indocumentada para obtener un beneficio será considerado un delito.
- Si se es testigo de algún crimen no se verificará su situación migratoria.
- Las empresas del gobierno de Indiana, comenzarán a utilizar el programa e – Verify.


Identificaciones válidas:
- Licencia de conducir válida del estado de Indiana.
- Identificación del estado I.D. Card.
- Pasaporte vigente.


Se recomienda procurar:
- No cometer infracciones a las leyes y reglamentos del estado.
- Informarse sobre la legislación.
- Evitar conflictos en vía pública.
- Conflictos de violencia intrafamiliar.

Georgia (Consulado de México en Atlanta):
Ley HB87:
Entrará probablemente en vigor el próximo 1 de julio 2011.
Disposiciones más relevantes:
- Si se es detenido, se podrán solicitar documentos de estancia legal, sino se cuenta con ellos se procederá al arresto.
- Los empleadores estarán obligados a comprobar la situación legal de trabajadores que laboren 35 horas o más a la semana.
- El uso de documentos falsos para trabajar será un delito grave castigado con 15 años de prisión, estoy incluye documentos a nombre de otra persona o documentos falsos.
- Transportar o albergar personas indocumentadas será delito.
- Si se fomenta el ingreso de personas indocumentadas, será penalizado.
- A partir del 2012 en oficinas del estado no se aceptará la Matrícula Consular de Alta Seguridad, pero sí en bancos o dependencias federales, por lo que se podrá seguir utilizando.
- Si bien la ley no impone la portación de documentos, es recomendable traerlos consigo.


Identificaciones validas:
- Licencia de conducir vigente en el estado.
- Identificación del estado I.D. Card.
- Cualquier identificación oficial que acredite estancia legal en el país.


Se recomienda procurar:
- Mantenerse informado.
- Respetuoso de las autoridades a la hora del arresto.
- No mentir ni dar información falsa.

Alabama (Consulado de México en Atlanta con concurrencia en Alabama):
Ley HB56.
Esta ley fue promulgada en junio 2011 y entrará en vigor el 1 de septiembre de este año.
Disposiciones:
- Si se es detenido y no se cuenta con documentos de legal estancia podrá ser arrestado.
- Podrá ser arrestado si maneja sin licencia de conducir.
- No se podrá pagar fianza para salir de la cárcel si se es indocumentado.

En cuestiones laborales:
- Al solicitar la renovación o licencia de negocio, se deberá comprobar legal estancia.
- A partir de abril 2012 los patrones estarán obligados a comprobar situación legal se sus empleados.
- Será delito subirse a un carro en vía pública al ser contratado en la calle, así como que los carros paren obstaculizando el tráfico.

En cuestiones de educación:
- Se solicitará al momento de la inscripción el acta de nacimiento de los niños, así como su legal estancia en el país.
- Si se es indocumentado no se podrá inscribir en universidades públicas del estado.

- La ley establece como delito, transportar, alojar, albergar a personas indocumentadas, incluso si son familiares.
- Será delito fomentar que personas indocumentadas ingresen a Alabama.
- Rentar una vivienda a sabiendas de su indocumentación.
- Estar en el estado indocumentado.
- Usar documentos falsos para solicitar servicios.
- Solicitar trabajo al ser indocumentado.
- Los contratos hechos con un indocumentado no tendrán validez legal.


Identificaciones validas:
- Licencia de conducir del estado.
- Identificación I.D. Card.
- Pasaporte mexicano con visa vigente y sellos de entrada.
- Cualquier identificación oficial de EE UU.


Se recomienda procurar:
- No contratarse en la vía pública.
- No obstaculizar la vía pública al contratarse en la calle.
- Informarse.
- Respetar a las autoridades.
- Respetar las leyes y reglamentos.

domingo, 5 de junio de 2011

200 años de migraciones.Parte 2





Y comenzó la movilidad.








Continuando con esta aproximación histórica a la migración en México, ahora toca el turno de abarcar el periodo que comprende de 1880 a 1920; es decir las décadas, circundantes a la Revolución Mexicana. El escritor Carlos Fuentes, en su participación en el documental Alma de México (Revolución y Renovación), menciona que este periodo, en especial el revolucionario, fue el comienzo de una gran movilidad: “el pueblo mexicano se relacionó consigo mismo, se rompió el aislamiento secular de México…en la Revolución los mexicanos se conocieron entre sí…los mexicanos por fin se encontraron, por fin se identificaron…”

Más, es preciso para aterrizar estas ideas, tener en cuenta un esbozo de los antecedentes que propiciaron estos cambios y transformaciones en la población mexicana. Tuirán & Ávila (2010) mencionan al respecto, que el panorama demográfico prerrevolucionario ya presentaba importantes movimientos hacia los Estados Unidos, los cuales provenían del Centro del país, pero que, principalmente tenían su origen en los estados norteños, que tenían ya, ciertos lazos económicos y sociales con el país vecino.

Son tres los grandes motivos que propiciaron la migración: la aparición del ferrocarril que comunicó al Centro del país con el Norte, las leyes de restricción para la inmigración asiática implementadas por EE UU a partir de 1882, que facilitaron la entrada a la inmigración mexicana, y el sistema de enganche, el cual dejaba en manos de particulares la contratación de los trabajadores. (Tuirán, R. & Ávila, L. 2010).

Esta mano de obra, fue proporcionada por los estados del Centro-Norte y Norte del país; en un panorama demográfico en donde el Centro mostró un gran dinamismo, al igual que diversos puntos del lejano Norte; sin embargo, la región Centro-Norte, disminuía su participación demográfica.

En esta última región, los hombres jóvenes, empezaron a emigrar hacia el pujante Norte o hacia los EE UU, pues como menciona Aboites: “Entre 1870 y 1910 la población norteña había crecido a un ritmo que ninguna otra. Había un nuevo norte, pues si no era provechoso estar en ciudades norteñas, se podría emigrar a Estados Unidos” (2010). Ello reflejaba, que la dirección de los primeros movimientos masivos de población tuvieron una connotación Sur – Norte (la cual prevalece hasta nuestros días); sin eludir, el significativo desplazamiento de indios mayas hacia Cuba, registrado durante la Guerra de Castas, iniciada en 1847.


Una vez iniciado el movimiento revolucionario, se puede abundar en las ideas de Fuentes; pues el panorama demográfico cambió radicalmente, ya que el conflicto social incluyó a las principales ciudades del país, grandes y medianas, por lo que, los desplazamientos internos fueron considerables y de la misma forma las migraciones internacionales hacia el vecino del norte. Tuirán & Ávila, identifican tres grandes oleadas de emigración: en 1912 con aprox. 22 000 mexicanos, en 1919 con 29 000 y, en 1920 con 51 000 emigrantes; demostrando un aumento exponencial en la movilidad.


Como cita Carlos Fuentes: la Revolución fue un momento en el que la población de diferentes regiones del país comenzó a interactuar entre sí por primera vez, “los mexicanos se conocieron entre sí”, más, como se puede apreciar, también iniciaron a relacionarse con las sociedades estadounidenses.

Indiscutiblemente, se aprecia un panorama en suma diferente al de 1810, donde la población se mantenía relativamente estática a pesar del conflicto social; ahora la población contaba con más medios para movilizarse, incluso, con las condiciones para salir del país. Y, son precisamente estos grandes flujos de emigración, uno de los factores que ocasionaron la disminución radical de la población durante todo el movimiento revolucionario, el cual, en 1910 registró 15.1 millones de habitantes, y para 1921, se contabilizaron alrededor de 14.3 millones.


A pesar de que la migración México – Estados Unidos, tiene rastros que datan desde la mitad del siglo XIX, el movimiento revolucionario fue un desencadenante ineludible al momento de aproximarnos a la historia de estos flujos, en donde se fueron urdiendo las redes sociales, que hasta hoy mecanizan este fenómeno binacional. De este periodo en adelante, vendrá una etapa de altibajos en los flujos migratorios, que vale la pena mencionar en entregas posteriores.






Bibliografía:

Aboites, A.L. (2010). Movimiento de población, 1870 – 1930. ¿La reanimación del centro y el crecimiento del norte forman un nuevo país? En Alba, F., Castillo, M., A., Verduzco, G. (2010). Los grandes problemas de México. Migraciones Internacionales. México: COLMEX. pp. 65 – 92.


Tuirán, R., Ávila, J.L. (2010). La migración México – Estados Unidos 1940 – 2010. En Alba, F., Castillo, M., A., Verduzco, G. (2010). Los grandes problemas de México. Migraciones Internacionales. México: COLMEX. pp. 93 – 134.


CONACULTA (2010). Documental Alma de México. Capítulo X Revolución y Renovación. URL:
http://www.youtube.com/watch?v=J83b9NGa0zw